Historia

LA FUNDACIÓN

Sin duda alguna, el primer Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, lo fue el fundado en la capital de la provincia, con fecha 5 de diciembre de 1895, cuyos estatutos fueron aprobados por el Ministerio de Gobierno el 2 de enero de 1896. Luego de su fundación no se tiene noticias de su actividad.

El historial del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe debe dividirse en dos etapas en cuanto a su constitución. La primera que abarca el período entre 1910 a 1948; y la segunda, desde esta última fecha a la actualidad.

La preocupación de los notarios de la Provincia de Santa Fe, y principalmente de los de la ciudad de Rosario, era la constitución de un Colegio que los agrupara para la defensa del gremio y jerarquización del mismo. Es así, que en el año del centenario de Mayo, con la participación de la totalidad de los Escribanos de la ciudad de Rosario y la adhesión de muchos otros del resto de la provincia, reunidos en asamblea el 3 de abril de 1910, resuelven por unanimidad la fundación del “Colegio de Escribanos de la ciudad del Rosario”, acordando igualmente nombrar una comisión provisoria a fin de redactar los estatutos.

El 7 de agosto de 1910 quedó definitivamente constituido el Colegio de Escribanos de la ciudad del Rosario al aprobar sus Estatutos, eligiéndose la primera Comisión Directiva presidida por el Escribano Pantaleón Egurvide. La personería jurídica le fue acordada por decreto del Superior Gobierno de la Provincia con fecha 22 de agosto de 1910.

Según así lo expresaba su estatuto la asociación se constituyó con el objeto de -mantener unida la cordialidad profesional y sostener el espíritu de asociación entre todos los Escribanos de la Provincia; propender por todos los medios a su alcance a la mayor ilustración del gremio y a consolidar la fe y la confianza de que deben gozar los Escribanos de la Provincia…”, “Gestionar la sanción o reforma de leyes y disposiciones que contribuyan a mejorar las funciones profesionales del Escribano y aquellos que puedan contribuir al mejor servicio público en el orden profesional…”.

Como lo expresara su presidente Escribano Don Antonio F. Colomar, en oportunidad de cumplir 50 años, éste Colegio de Escribanos de Rosario, comenzó su vida “con altos propósitos de jerarquización, amistad y solidaridad profesional, tendientes todos al perfeccionamiento de la prestación de la fe pública, y consecuentemente al servicio de los más altos intereses generales, impulsado por la capacidad, entusiasmo y profundo espíritu de cuerpo de sus fundadores. De inmediato al año de su constitución había creado una biblioteca jurídica, un consultorio notarial y una oficina de revisación de estudio de títulos.

En la ciudad de Santa Fe las inquietudes del notariado le lleva a constituir el Colegio de Escribanos de Santa Fe, con fecha 4 de abril de 1935 que es presidido por el Escribano Lucas F. Diez Rodríguez. La personería jurídica le fue acordada el 25 de agosto de 1935.

De este modo quedaron constituidos los Colegios de Escribanos de la ciudad de Rosario (2ª Circunscripción) y el de la ciudad de Santa Fe (1ª Circunscripción), cumpliéndose la primera etapa de su organización.

LA LEY 3330

La Ley 3330 marcó un hito en la vida institucional consolidando definitivamente al notariado santafesino.

La constitución de los dos Colegios no satisfacía las aspiraciones del notariado, debía completarse su organización, y las disposiciones que regían el ejercicio del notariado, contenidas en la ley orgánica de los tribunales, debían agruparse y modificarse, incluyéndolas en una Ley Orgánica del Notariado.

Los anteproyectos se estudian en reuniones conjuntas de las Comisiones Directivas de ambos Colegios. Muchos proyectos llegan a las Cámaras Legislativas pero allí mueren, hasta que en la sesión de la Cámara de Diputados del 21 de mayo de 1948 se aprueba sin oposición el proyecto presentado por el Escribano Francisco González Salmeron, que pasa al Senado y se aprueba con fecha 28 de junio de 1948.

El 21 de julio de 1948 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 3330 y fue reglamentada mediante decreto 13.733 del 22 de diciembre de 1948 entrando en vigencia el 1° de enero de 1949 y por decreto del 17 de enero de 1949 se aprueban los Estatutos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, otorgándosele la personería jurídica.

Esta Ley marcó en la vida institucional de nuestro Colegio, un verdadero hito histórico por su trascendencia para la definitiva consolidación del notariado santafesino. Su texto plasmó principios de solidaridad, que sirvieron para la posterior sanción de leyes relativas a la seguridad social, revalorizó los principios de ética profesional, declarando obligatorio el cumplimiento de normas tendientes a la defensa y cuidado del prestigio de la profesión, como así también de abstenerse de intervenir en gestiones que estén en oposición a los intereses del Colegio de Escribanos, sostener la probidad, independencia, y la buena fe.

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe está dividido en dos circunscripciones, y se designan: Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (1ª Circunscripción) y Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (2ª Circunscripción). Las Mesas Directivas de los Consejos Directivos de ambas circunscripciones forman el Consejo Superior del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, que es la autoridad máxima de la Institución y anualmente se turnan en sus funciones.