Decreto Provincia Santa Fe N°1071 fecha 09/10/2020

Decreto Provincia Santa Fe N°1071 fecha 09/10/2020

ARTÍCULO 1°) Establécense a partir de la cero (0) hora del día 10 de octubre de 2020 y por el término de catorce (14) días corridos, en el ámbito de los Departamentos Rosario, Caseros, Constitución, General López y San
Lorenzo, y de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé del Departamento La Capital, las modalidades de realización de las siguientes actividades, con las condiciones particulares que a continuación se establecen….

b) Ejercicio de profesiones liberales, incluida la actividad notarial y la de mandatarios, corredores y martilleros, con asistencia de público a los locales u oficinas mediante la modalidad de turno previo, en horario que no podrá coincidir ni superponerse con el de las entidades bancarias, y hasta las veinte (20) horas…

…a) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, mediante la asignadón de turnos previos para la atención al público en forma presencial, y en horario que no podrá extenderse más allá de las 13.00 horas

ARTÍCULO3°: Las actividades enumeradas en los Artículos 1° y 2° se desarrollarán conforme a los protocolos oportunamente aprobados para cada una de ellas y, con carácter complementario, a las previsiones del presente Decreto

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Novedades

INFORME DEPARTAMENTO ESTADÍSTICA

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe – 2ª Circunscripción presenta su Informe Estadístico correspondiente al primer semestre de 2026, un relevamiento que permite analizar la evolución de las principales operaciones inmobiliarias de nuestra jurisdicción. El informe reúne datos sobre escrituras de compraventa, hipotecas y donaciones de inmuebles, constituyendo una herramienta para […]

CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA OBLIGATORIA POR ACTO – INCREMENTO

Se informa que la contribución solidaria obligatoria para el otorgamiento de escrituras del plan FONAVI (Ley N° 13.570 – 3% del valor de la Unidad JUS – art. 32° Ley N° 6767), por cada acto escriturario a otorgarse en la Provincia, se incrementa a $ 4.175 por acto. La vigencia será para los actos escriturarios […]

APORTE FIJO ESCRITURAS SOCIALES – INCREMENTO

Colegas:              Se informa que el Consejo Directivo de nuestro Colegio resolvió, para las escrituras sociales emergentes de los siguientes convenios: 1) Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de la Provincia de Santa Fe, 2) Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU), y 3) Servicio Público de la Vivienda y el Hábitat de la Municipalidad […]

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