INFORMACION IMPORTANTE – REGISTRACIÓN DE CONTRATOS DE FIDEICOMISO

Las autoridades del Colegio mantuvieron una reunión el día lunes 18 de agosto con el Secretario de Gestión de Registros Provinciales del Ministerio de Gobierno de la provincia, Matías Ezequiel Figueroa Escauriza, el Director Provincial del Registro de la Propiedad de la provincia, Fernando Rubén Sirk, y el Subsecretario de Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia, Roberto Patricio Ryan, la cual tuvo lugar en esta ciudad en la sede de la Gobernación.

En dicha reunión las autoridades de nuestro Colegio fueron informadas de que el plazo de entrada en vigencia de la ley provincial No. 14.276 (de unificación en I.G.P.J de las competencias de registro y fiscalización de las personas jurídicas constituidas en la provincia de Santa Fe), fijado por el decreto No. 1.021 para el próximo día lunes 25 de agosto, no va a ser prorrogado, resultando obligatoria entonces a partir de dicha fecha la registración de los contratos de fideicomisos en el “Registro de Contratos de Fideicomiso”, bajo la dirección del Subsecretario de Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia a cargo del “Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos”.

Conforme las disposiciones de la ley 14.377 deberán inscribirse los contratos de fideicomiso que se suscriban en el futuro y aquellos que se encuentren vigentes y produciendo efectos jurídicos, en tanto hubiesen sido celebrados en el territorio provincial o su objeto o actividad principal se desarrolle dentro de sus límites geográficos o cuyo fiduciario tenga domicilio en éste; como así también deberán registrarse todas las respectivas modificaciones, transferencias de condición de fiduciante o fideicomisario o beneficiario o sustitución de fiduciario (art. 13).

El trámite de registración de dichos actos deberá efectuarse exclusivamente en forma digital a través del portal de la provincia, cuyos datos para el acceso y gestión del trámite serán informados oportunamente. Las autoridades del Colegio fueron informados de que probablemente dicho portal no esté habilitado sino hasta unos días después del lunes 25 de agosto dado que se están efectuando los últimos ajustes informáticos, pero que no existe establecido un plazo para efectuar dicho trámite.

Deberá tenerse en cuenta que los actos antes referidos deberán estar inscriptos y actualizados en el Registro de Fideicomisos al solicitarse la inscripción de actos notariales referidos a fideicomisos en el Registro General, puesto que éste cotejará los datos de las escrituras a registrar con los obrantes en la base de datos del Registro de Fideicomisos.

En la misma reunión quedó planteada la posibilidad de que, no obstante lo establecido en el texto de la ley, la registración no sea exigida a los fideicomisos constituidos con anterioridad al 25 de agosto, fecha en que comenzará a regir la nueva operatoria, situación que nos será comunicada una vez resuelta por las autoridades gubernamentales.

Por otra parte, el actual Registro Público (antes R.P.C.) continuará recibiendo solicitudes de inscripción hasta el viernes 22 de agosto inclusive, y seguirá en funciones durante un plazo estimado de seis meses para culminar los trámites en curso, los que serán remitidos mediante expediente digital al nuevo Registro, que efectuará todas las inscripciones que correspondan mediante resolución que llevará número y fecha, pero ya no se efectuarán más inscripciones con Tomo, Folio y Número.

A medida que las autoridades del Colegio tengan más información, la misma será comunicada inmediatamente a los colegas. Asimismo, se ha convocado a los mencionados funcionarios para que a la brevedad concurran a nuestra Institución para realizar una demostración acerca del funcionamiento de la operatoria de registración de los fideicomisos.

 

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